Respuesta a al comunicación de la Confederación Argentina
NOTA DE LA FEDERACIÓN SANTAFESINA A LA CAB

La directiva de la Federación de Básquetbol de la Provincia de Santa Fe, a través de su Presidente Roberto Monti y su Secretario Héctor Chantiri, se manifestó mediante nota dirigida al Presidente de la CAB Sergio Gatti sobre la comunicación CAB N° 402/2023 de fecha 13 de noviembre. En la misma, dejaron en claro que la voluntad es única de cultivar el diálogo y trabajo en conjunto y rogaron con carácter de Petición de Principios que se acepte y considere este punto para luego adentrarse en los diferentes tópicos que consideraron necesarios aclarar. En esta nota, el detalle de la comunicación enviada.

 

AL SR. PRESIDENTE DE LA CONFEDERACIÓN ARGENTINA DE BÁSQUET

SR. SERGIO GATTI

S_____/______D

 

Los que suscriben, Roberto Monti y Cristian Chantiri, en carácter de Presidente y Secretario respectivamente de la Federación de Básquetbol de la Provincia de Santa Fe, nos presentamos y venimos a manifestarnos sobre la Nota CAB N° 402/2023 de fecha 13 de noviembre.

Sobre la misma venimos a manifestar respetuosamente como previo a todo que nuestra voluntad es única de cultivar el diálogo y trabajo en conjunto, rogamos con carácter de Petición de Principios que se acepte y considere este punto antes de pasar a dialogar y exponer nuestros puntos de vista sobre los tópicos comentados en  vuestra nota.

En este sentido, declaramos que de ninguna manera somos renuentes a cumplimentar con los requisitos que establece el Estatuto de la CAB para sus afiliadas. No pedimos una “afiliación a medida” pero sí requerimos que se nos conceda un trato igualitario con el resto de las afiliadas que se encuentran en el seno de la Confederación y respetando la autonomía de las Federaciones que el propio estatuto CAB reconoce en su Art. 89. Exhortamos a la CAB a revisar sinceramente su actuar de los últimos años, considerando la resolución de la IGJ al respecto, y asumir si el trato asignado a la FBSF honra ese principio de igualdad y no discriminación.

El espíritu confrontativo que se menciona en vuestra nota está muy lejos de nuestro espíritu, y si así lucieran nuestras comunicaciones, les rogamos lo consideren una muestra de nuestro afán de proteger los derechos de nuestra Federación y los de nuestras afiliadas, pero de ninguna manera contrario al desarrollo del básquetbol, ni de la respetuosa relación con la CAB.

Resulta llamativo que se haga mención a maniobras de entorpecimiento, cuando ha sido esta Federación la que ha agotado todos los medios disponibles para lograr su reincorporación. La CAB se limitó a expulsarnos a través de una Resolución de la Comisión Directiva y que no fue confirmada por la Asamblea, lo que nos obligó a recurrir a la Inspección General de Justicia para nuestra reincorporación, lo que así se resolvió conforme a derecho y la legalidad estatutaria de las entidades involucradas. Sin embargo, lejos de recibirnos, automáticamente fuimos nuevamente sancionados, circunstancia que no se ha reproducido con ninguna otra Federación.

Contra dicha sanción interpusimos un recurso de apelación por la vía estatutaria para su revisión por la Asamblea, procediéndose simplemente al rechazo de la vía recursiva sin concederse la misma ante el órgano revisor (Asamblea) en una nueva demostración de arbitrariedad y falta de apego estatutario.

Atento al desconocimiento de la Resolución IGJ  325/2023 por parte del Consejo Directivo CAB y la aplicación de una nueva sanción arbitraria, ilegítima, discriminatoria y violatoria del derecho de defensa, no tuvimos otra alternativa que recurrir nuevamente a la IGJ.

En el marco de la audiencia de conciliación llamada por la IGJ, los apoderados de la CAB se comprometieron a levantar las sanciones contra esta Federación con la presentación de un plan de regularización, lo cual no han cumplido.

No sólo eso, en la segunda audiencia se presentó el ex Presidente de la CAB, Sr.  Fabián Borro, desconociendo todo lo conversado, siendo que ya se habían elegido nuevas autoridades. Tal proceder no puede ser entendido de otra forma que una conducta litigiosa y confrontativa.

Estas conductas que se han repetido durante los últimos 3 años, y sin embargo ha sido esta Federación la que ha abogado por la reincorporación, tanto a través de gestiones informales, formales y sin quedar alternativa, recurrimos a las legales, que son las que han arrojado verdad sobre la equivocada y declarada “ineficaz” resolución de expulsión o desafiliación padecida por nuestra FBSF.

Del análisis de su nota resulta llamativo que se fundamente el cronograma en el calendario nacional del año 2024, para luego establecer como primer requisito el Desistimiento a todas las denuncias contra la CAB, que en nada dificultan la programación de competencias deportivas.

- Respecto del primer punto ya hemos cumplido con la presentación de balances solicitados en su anterior nota como muestra de nuestro espíritu conciliador y dispuesto a sumarse al trabajo de la CAB.

En cuanto a las denuncias cuyo desistimiento se requiere y exige como condición, debemos aclarar previamente que no se trata de “denuncias” sino de recurrir al órgano de control para que se examine la legalidad de los actos. Nadie que proceda con legalidad y apego las normas ya sea estatutarias o generales puede considerar tal proceder como una “denuncia” y requerir el cercenamiento de ese derecho de raigambre constitucional (conf art 40 CN).

Por otra parte, no hay ninguna normativa FIBA ni de la Confederación que estemos transgrediendo, sólo queremos que se revise la procedencia y se tome una decisión sobre la legitimidad de la sanción impuesta por la CAB, y por consiguiente de los derechos de esta FBSF que nacen como consecuencia de la declaración de ineficacia por el órgano de control referida. 

- Observamos que en esta nueva nota nada se dice respecto de la afiliación de la Asociación Rosarina, sobre la cual la CAB estaba mal informada. Demuestra una vez más que no podemos aceptar los condicionamientos que recibimos sin analizarlos y contestarlos ya que es la función que nos ha sido asignada como representantes de la Federación.

- Con relación a los responsables del área de Género, nunca se indicó que uno de ellos debiera ser del género femenino, lo que desconocíamos ya que no indican de que normativa surge dicho requisito. De todas formas, reemplazaremos al Sr. Jose Berta, que se había designado, por la Sra. Aurelia Raspo como muestra de nuestra predisposición.

- En cuanto a la registración de los jugadores/as, mediante la presente solicitamos que se nos den las claves de los sistemas para comenzar con la tarea, dejando aclarado que no abonaremos arancel alguno por este concepto hasta el año 2024 ya que el calendario se encuentra prácticamente terminado, y ese será el estado deportivo al momento en el que se requiere en vuestra nota.

-  En lo referente a la adecuación del estatuto, del cual recibimos el dictamen en Anexo, manifestamos nuestra divergencia con lo observado, entendiendo que el elaborado por esta Federación se ajusta plenamente al Estatuto de la CAB. Una vez más nos topamos con un dictamen sin fundamentos jurídicos, que no podemos saber en qué se basan. Nuestro proyecto ha sido elaborado observando la legislación vigente, en especial a los lineamientos que brindan los arts. 25, 88 y 89 del Estatuto CAB que garantizan la autonomía Federativa.

-  Con respecto al estado de deuda que se acompaña resulta improcedente que se nos reclame una deuda mientras estuvimos expulsados por la propia CAB. No hicimos uso de ningún derecho ni recibimos ninguna ayuda de la Confederación en un momento tan delicado como la pandemia, pero debemos abonar el arancel de afiliación, lo cual resulta a todas luces carente de fundamento. No advertimos razón o fundamento algún que justifique tal exigencia. Por el contrario, en varias veces hemos manifestado nuestra reserva de derechos y aprovechamos la oportunidad para reiterarla, ya que la improcedente y nula decisión de desafiliación produjo perjuicios deportivos y económicos serios y graves a nuestra FBSF que deberán oportunamente deslindarse. Pero agradecemos la introducción del tema a consideración y les proponemos se establezca un mecanismo de diálogo profesional y autónomo al respecto, ya que el derecho de la FBSF a un resarcimiento, luego de la resolución de la IGJ es, ahora, una realidad más que una expectativa.

Aclaramos que obran en nuestro poder recibos de pago de CAB por aranceles FIBA Organiser y seguros correspondientes a los años 2019 y 2020.

De ninguna manera podemos asumir deudas que no estén debidamente fundadas y probadas, ya que estaríamos incumpliendo con nuestros propios estatutos. En ese mismo sentido tampoco resulta lógico que se soliciten sumas en concepto de afiliación de jugadores/as que no participaron de ninguna competencia organizada por la CAB, en razón de la expulsión que esta dispuso.

-En lo atinente a la elección de autoridades, estamos claramente comprometidos a cumplir con el plazo establecido y por ello nos encontramos abocados a modificar el estatuto.

. Una vez más manifestamos nuestra absoluta disposición favorable a reanudar el trabajo conjunto entre esa CAB y nuestra FBSF.  Sin embargo, no podemos reconocer que la Confederación haya buscado por más de tres años el cumplimiento de la legalidad estatutaria, cuando como ya hemos manifestado el cronograma se ha establecido luego de la intervención de la IGJ, cuya resolución fue solicitada por esta parte. El cronograma fue establecido hace un mes y entendemos que nos hallamos avanzando en pos de su cumplimiento.

Con respecto a la posibilidad de elegir la desafiliación voluntaria, ya hemos dado cabal muestra de lo contrario y ejercido de modo indeclinable nuestros derechos como integrantes ineludibles en materia deportiva, institucional y de la vida política de la CAB. Ratificamos aquí expresamente esta voluntad y compromiso. 

Reiteramos nuestro deseo de que se nos dé un trato igualitario al que reciben otras Federaciones, que con la sola promesa de cumplimiento han mantenido su afiliación sin inconvenientes para participar en la vida institucional de la CAB. No es cierto que el resto de las 24 afiliadas haya cumplido con todos los requisitos, lo que es fácilmente comprobable de las publicaciones que la propia CAB hace en su página, y de los actos y publicaciones llevados a cabo por otras Federaciones. Así, por ejemplo al momento de la convocatoria a las pasadas elecciones donde se constataban múltiples irregularidades que impedían la participación de la mayoría de las federaciones.

Por todo lo expuesto nos disponemos como siempre lo hemos estado a trabajar en conjunto y resolver las diferencias que pudieran existir o surgir bajo el amplio paraguas de la legalidad estatutaria y respeto a los derechos y autonomía de las federaciones.

Sin otro particular, lo saludamos muy atentamente.

 
 
 
 
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